sábado, 27 de julio de 2013


Decreto 121
Del 16 De Febrero De 2012
Por El Cual Se Establece El Código De Ética Profesional Del Cuerpo De Educadores De La República Y Se Crean Estímulos Para Estos.

P
N
I
POSITIVO
NEGATIVO
INTERESANTE

v Debe proveerse de los conocimientos necesarios para trasmitir al alumno.

v Debe ser cordial, amable con sus educandos y colaboradores, manteniéndose en el pleno de la guía.

v El educador debe cultivar un espíritu ético de respeto, solidaridad y hermandad con todos sus colegas.

v Debe tener presente el respecto que las  normas sociales merecen y mantener un espíritu crítico.

v Mantener comunicación constante con los padres, madres y acudientes.

v El educador no debe aprovechar su profesión para fines personales.

v No debe dar clases particulares retribuidas a sus propios educandos reprobados.

v No debe aceptar comisión o gratificación por la selección que haga de los libros y accesorios escolares.

v No debe realizar ningún otro tipo de ventas ajenas a su cargo ni negociar folletos y guía de aprendizaje (módulos, u otro material).

v El educador debe mantener un alto nivel de autoestima dentro y fuera de su trabajo.

v Debe promover el desarrollo integral de sus educando.

v Debe guardar todos los secretos confidenciales de sus alumnos.

v  Mantener un ambiente de confianza empatía, solidaridad y hermandad con todos sus colegas.

v Utilizar mejores estrategias y herramientas para incentivar y facilitar el aprendizaje.






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